miércoles, 12 de mayo de 2010

SUCESION OROÑO, JOSE SANTIAGO Y OTRO C/SORACCO, MARTIN Y OTRO S/DESPIDO

El Tribunal de Trabajo nº3 de Avellaneda sito en Avenida Mitre nº363 de Avellaneda hace saber en los autos: "OROÑO, JOSE SANTIAGO Y OTRO C/SORACCO, MARTIN Y OTRO S/DESPIDO" que por resolución del 11 de Noviembre de 2009 se ha decretado la REBELDIA del señor JUAN CARLOS RAPAGNA. Como recaudó, transcribo a continuación la providencia que ordena la medida y autoriza el presente: "Avellaneda, 11 de noviembre de 2009. AUTOS Y VISTOS: Atento lo peticionado, informando el Actuario en este acto que el término acordado a la demandada (RAPAGNA JUAN CARLOS) para que compareciere a estar a derecho y contestar el traslado conferido a fs. 23 del traslado de demanda, se encuentra debidamente notificada (ver cédula de fs. 42), y vencido el plazo con resultado negativo, atento lo dispuesto por el Art. 28 de la Ley 11.653, lo establecido por el Art. 59 del C.P.C.C., decláresela rebelde; haciéndosele saber que las sucesivas providencias le serán notificadas automáticamente en la forma que determina el Art. 133 del C.P.C.C. NOTIFIQUESE, esta resolución al rebelde". Fdo. Dr. Carlos A. Zubeldía, presidente. Avellaneda, 9 de abril de 2010. Dr. Guillermo P. Odoguardi, secretario.
LC v14-5