jueves, 31 de marzo de 2011

SUCESION PEREYRA JORGE MARTIN c/TRIÑANES DIEGO LEONARDO S/Daños y Perjuicios

El Tribunal de Trabajo Nº3, Secretaría Unica, de Avellaneda, perteneciente al Departamento Judicial de Lomas de Zamora, comunica a DIEGO LEONARDO TRIÑANES que en el juicio "PEREYRA JORGE MARTIN c/TRIÑANES DIEGO LEONARDO S/Daños y Perjuicios" se ha dictado la siguiente resolución: "Avellaneda, 18 de mayo de 2010. AUTOS Y VISTOS: Atento lo peticionado, informando el Actuario en este acto que el término acordado a la demandada (TRIÑANES DIEGO LEONARDO) para que compareciere a estar a derecho y contestar el traslado conferido a fs. 25 del traslado de demanda, se encuentra debidamente notificada (ver cédula de fs. 63/64), y vencido el plazo con resultado negativo, atento lo dispuesto por el Art. 28 de la Ley 11.653, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar, y de acuerdo a lo establecido por el Art. 59 del C.P.C.C., decláresela rebelde; haciéndosele saber que las sucesivas providencias le serán notificadas automáticamente en la forma que determina el Art. 133 del C.P.C.C. NOTIFIQUESE, esta resolución al rebelde. Fdo. Dra. María C. Goldstein, presidente; Dra. Graciela E. Carrega, Juez; Dr. Carlos A. Zubeldia, Juez". Avellaneda, 1 de diciembre de 2010. Dr. Guillermo F. Odoguardi, secretario.
LC 384040 v30-3