“SOCIEDAD DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS Y PRIMEROS AUXILIOS DE
DOMINICO Y WILDE”
Domicilio
legal: Coronel Brandsen N°4845-Villa Domínico-
Buenos
Aires. Personería Jurídica N°1125 legajo 60
Ejercicio
número 105 iniciado el primero de Enero de
2017
y finalizado el 31 de Diciembre de 2017
C
O N V O C A T O R I A
A
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:
De acuerdo a expresas disposiciones
estatutarias y legales se convoca a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA a los asociados
de “ SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y PRIMEROS AUXILIOS DE DOMINICO- WILDE”
para el día 20 de Abril de 2018, a las 19.00 horas, en el domicilio legal y
sede social de la Entidad sito en Brandsen Nº 4845 de Domínico, Partido de
Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, a efectos de considerar el siguiente:
ORDEN
DEL DIA
1) Consideración de la memoria y
estados contables, como asimismo el informe de la comisión revisora de cuentas
y el informe del auditor externo, todo referido al ejercicio 105 cerrado el 31
de diciembre de 2017.
2) Consideración de los montos
establecidos por los artículos del estatuto social número 9 (DETERMINACION DE
LA CUOTA SOCIAL), 33 inciso “b”(INVERSION EN CONSTRUCCIONES Y MEJORAS), 39
inciso “c” (EXISTENCIA DE EFECTIVO EN CAJA).
3) Elección de una Comisión Directiva
de dieciséis miembros, compuesta por un presidente; un vicepresidente primero;
un vicepresidente segundo; un secretario general; un secretario de actas; un
prosecretario; un tesorero; un protesorero y ocho vocales titulares, todos con
mandato por dos años. (Artículo 28).
4) Elección de seis vocales suplentes
con mandato por un año, según el artículo 28 de los estatutos.
5) Elección de una comisión revisora de
cuentas compuesta por tres miembros titulares, con mandato por un año (Artículo
41).
6) Elección de dos asociados presentes
para la firma del acta de asamblea general ordinaria.
VILLA
DOMINICO, 05 DE ABRIL DE 2018
Jorge
Amén Roberto Cirucci
Secretario
General Presidente
ARTICULO 22: Las asambleas tendrán
lugar siempre que concurran la mitad mas uno de los asociados. En caso de no
haber número, una hora después de fijada por la citación de la asamblea,
entrará en funciones con el número de asociados presentes, siempre que no sea
inferior al de miembros titulares de la comisión directiva.
Art. 34: Las asambleas son presididas
por el Presidente de la Comisión Directiva.
LC. v 6/4