viernes, 5 de junio de 2009

EDICTO

El Director Provincial de Comercio dispone: Artículo 1°: Impónese a CASTELLOT MARTHA una multa de pesos cuatro mil ($4.000), por haber infringido lo normado en los Artículos 1°, 5°, 7° y 9° de la Disposición de la Dirección Provincial de Comercio N° 888/06 reglamentaria de la Ley Provincial N° 12.665 (Decreto Reglamentario N° 866/05). Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y archívese. Lic. Alfredo V. Buglioni, director.
LC v5-6