lunes, 30 de abril de 2018

“PASSANISI, SALVADOR Y OTRO C/COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO NUÑEZ LIMITADA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL / USUCAPION”, nº 62.126

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 11 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo de la Dra. María Zulema Vila, Secretaria Unica, a cargo del Dr. Daniel Oscar Azcurra, en los autos “PASSANISI, SALVADOR Y OTRO C/COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO NUÑEZ LIMITADA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL / USUCAPION”, nº 62.126  ha proveído lo siguiente: “Lomas de Zamora, 17 de octubre de 2017. Atento lo pedido y conformidad prestada a fs. 291 y habiendo resultado negativo las diligencias tendientes a conocer el domicilio de demandado, en mérito a lo dispuesto por el art. 681 del Cód. Procesal, cítase por edictos a VICENTE LOPEZ OSORNIO Y LUISA LOPEZ OSORNIO y/o sus herederos y/o quien se considere con derecho sobre el inmueble motivo de autos. Catastrado Circ. I, Secc.  G, Fracción I, Mza. 63 parte A de Avellaneda, para que en el plazo de diez días comparezcan a tomar intervención que les corresponda en estos obrados, bajo apercibimiento de designarse Defensor de Pobres y Ausentes. María Zulema Vila, Jueza. Daniel O. Azcurra, abogado, secretario.

LC v 20/4