CONVOCATORIA A ELECCIONES
Convocar a Elecciones Generales del gremio para el
día 13 de Mayo de
2016. Con tal motivo y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Sindical 23551,
de su Decreto Reglamentario 467/88, de la Res. MTEySS 1613/15 y
del Estatuto Social Vigente, se pone en conocimiento de los afiliados que:
I. Se convoca a Asamblea Extraordinaria para el día
04.03.16 a las 15 hs en la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES
MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES (Avenida Mitre 1601), con el siguiente orden del día: 1.Elección de dos
afiliados para firmar el acta: 2. Elección de tres miembros titulares y tres
suplentes para la conformación de la Junta Electoral.
La Asamblea se constituirá con la presencia de la mitad más
uno de los afiliados. Luego de una hora, el quórum se logrará con los afiliados
presentes.
II.
Las elecciones generales del gremio convocadas
para el día 13 de mayo de 2015, se
llevarán a cabo a través del sistema de lista completa y mediante el voto
directo y secreto de los afiliados, en el horario de 7 a 17 horas.
III. Se elegirá por un período de cuatro años a los integrantes de la Comisión Directiva , a saber: un Secretario General; un Secretario General Adjunto; un
Secretario de Finanzas; un Secretario
Gremial, un Secretario de Organización; un Secretario Administrativo y de
Actas; un Secretario de Prensa, Difusión y Cultura; un Secretario de Turismo, Recreación y Deporte;
un Secretario de Igualdad de Género, Familia y Derechos Humanos; un Secretario
de Cargos de Responsabilidad; un Secretario de Salud; un Secretario de Relaciones Institucionales;
un Secretario Docente; un Secretario de la Juventud; un Secretario de los
Profesionales; nueves vocales titulares
y cinco vocales suplentes; tres miembros titulares y tres suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas; diez delegados titulares y diez delegados suplentes
congresales a la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de la
Provincia de
Buenos Aires.
IV. Los lugares de votación, donde serán ubicadas las
mesas que al efecto indicará la Junta Electoral , serán los siguientes, todos
ellos sitos en el Partido de Avellaneda: PALACIO MUNICIPAL VIEJO (Avenida Mitre
366); PALACIO MUNICIPAL Guemes 835); CORRALON
MUNICIPAL (Crisólogo Larralde 5813);
EDIFICIO MUNICIPAL NESTOR KIRCHNER (Belgrano 1124); EDIFICIO MUNICIPAL
(ex C.A.P.) (Hipólito Irigoyen 381);
POLIDEPORTIVO GATICA (Avenida Mitre 5300), FEDERACION DE SINDICATOS DE
TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES (Avenida Mitre 1601).
V. La Junta Electoral cumplirá con sus funciones
estatutarias de organizar y fiscalizar el comicio y el empadronamiento,
resolver eventuales impugnaciones, oficializar las listas y proclamar las
autoridades electas y atenderá a los afiliados los días martes y jueves en el
horario de 10 a 17hs en Av. Mitre 1601.
VI. El día 25.03.16 vencerá el plazo de presentación de listas,
las que deberán observar las especificaciones y requisitos contenidos en el
estatuto y en la ley 23551 y serán presentadas por escrito y
por triplicado, consignando claramente
los cargos, nombres y
apellidos de los candidatos, número de afiliado, documento de identidad y lugar
de trabajo de cada uno de ellos y su manifestación firmada de que aceptan la
candidatura de que se trata, con
el aval del 3% del total de los afiliados, bajo el color identificatorio que
será solicitado a la
Junta Electoral (art. 15 dto. 467/88 y art. 65 del Estatuto
Social Vigente), incluyendo la designación de apoderados y la constitución de
un domicilio donde se tendrán por válidas todas las notificaciones. A los
efectos de cumplir con lo dispuesto para la representación
femenina por la Ley
25674 y su reglamentación por Decreto 514/03, se informa
que el porcentaje de trabajadoras municipales en el total del padrón de
afiliados es del 41 %. Dentro de las 48 horas de presentadas las listas, la Junta Electoral se
pronunciará mediante resolución fundada.
VII. Tendrán derecho a emitir su voto y a postularse
como candidatos, en su caso, todos los afiliados que reúnan las condiciones
exigidas por la legislación y el
Estatuto Social Vigente (art. 63).
POR COMISION DIRECTIVA PROVISORIA